Artesanos de Guaitil Obtienen Sello de Denominación de Origen

Artesanos
Cerámica elaborada por Artesanos de Guailtil y San Vicente en Guanacaste.

Guaitil Guanacaste. Los artesanos de la agrupación Copesanguai de Guaitil de Santa Cruz y San Vicente de Nicoya, obtuvieron un sello de denominación de Origen.

Este importante reconocimiento es una marca que sólo podrá utilizarse para productos originarios elaborados únicamente en las comunidades de Guaitil y San Vicente.

En consecuencia, el Sello tendrá como finalidad garantizar que aquellos productos que han acreditado una determinada calidad, reputación u otras características relevantes, asociadas principal o exclusivamente a su origen geográfico, por lo que se identifican con la tierra y el patrimonio nacional.

El Sello de Origen permitirá identificar, posicionar y diferenciar en el mercado estos productos, de forma que para los consumidores sean fácilmente reconocibles respecto de productos iguales o similares por sus características asociadas a su origen.

Según Iria Salas, docente de la Universidad de Costa Rica líder del proyecto , dar a conocer el producto internacionalmente beneficariá legalmente a los productores de quienes hacen o distribuyen imitaciones.

“Este sello es muy importante, ya que los clientes que compren estos productos van a tener una satisfacción y una originalidad difícil de imitar.” Explicó Salas.

Con este importante reconocimiento permitirá a los artesanos empoderar a quienes se dedican a comercializar estos productos tanto nacionalmente como internacionalmente.

Tinajas de la Cerámica Chorotega.

¿Qué es la denominación de Origen?

En algunas zonas hay elementos culturales, antropológicos y hasta bioquímicos que vuelven únicos a los productos que se producen en ella. Se trata de características tan especiales que crean una fama particular y que son imposibles de imitar, aún y cuando el mercado ofrezca réplicas y prometa que poseen la misma calidad.

La “Denominación de Origen” se convierte en un sello de autenticidad, es decir, una garantía de que el producto que le están vendiendo a las personas fue fabricado en el lugar de donde lo promocionan y usando los materiales y técnicas debidas.

Para el caso costarricense, la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos y su reglamento han establecido como condiciones mínimas para una Denominación de Origen la existencia de factores humanos y naturales únicos así como métodos de producción específicos -que incluyen desde la extracción de materiales hasta los acabados.

Con esta certificación los productores se evitan competencia desleal de quienes buscan adueñarse de su arte y los clientes se evitan las molestias de pagar por algo que no es real.

 

Por: Luis Navarrete

Hora de Publicación: 2:27 PM

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