
Liberia Guanacaste. Hace pocos días un grupo de vecinos indignados por el actuar de la la familia Román Ocampo, interpuso una denuncia por escrito ante el departamento de la Zona Marítimo Terrestre del Ayuntamiento Municipal de Liberia.
Las misma se envió directamente al Alcalde Luis Gerardo Castañeda Diaz y al regidor Eugenio Román Ocampo de la Municipalidad de Liberia.
Los vecinos alegan que la Empresa Inversiones Román-Ocampo S.A. inscribió ilegalmente la finca 5-153441-000 con un área de 59 HA 8.884,15 m2, según plano catastrado G-0951339-2004 Conocida como Playa Cabuyal en el cantón de Liberia.
Exigimos una intervención inmediata y contundente que cumpla con el deber que tienen las instituciones y órganos estatales de proteger la Zona Marítima Terrestre, en su integridad jurídica y material, con forme a las respectivas competencias contra los actos ilegales y engañosos (Artículos 50 de la constitución, 1° y 4 en fine de la Ley 6043.) Dice la denuncia.
Hace unos días el diario la Nación dio a conocer que el Gobierno de Nicaragua le quitó una finca a la familia de la exdiputada Maria Ocampo, ligada a la Empresa Inversiones Román-Ocampo S.A.
En su momento el procurador de Nicaragua dijo que el exdiputado Luis Román Trigo, esposo de la legisladora liberacionista María Ocampo, tenía un título de reforma agraria falso. (Ver nota)
Caso Playa Cabuyal
La empresa alega que la finca 3282 fue inscrita durante la época de la Colonia, ya que los poseedores de las partes de la finca tenían un Real Título. Se ha demostrado que el Real Título no es un derecho otorgado por la Corona Española y que es, exclusivamente, un derecho que tiene la persona de posesión, propiedad y usufructo sobre un bien. La Empresa afirmó poseer una Real Cédula como título de propiedad, documento que la empresa no presentó al inscribir la propiedad en el 2006. Se demostró además, que la finca 3282 fue inscrita en el Registro Público de la Propiedad el 14 de enero de 1886 como información posesoria, por los anteriores propietarios. La información Posesoria es una figura jurídica que se manifiesta cuando una persona posee una propiedad no inscrita; pero que demuestra ante la autoridad, por medio de testigos, que ha poseído dicho predio por 10 años en forma pública, pacífica y continua.
El 6 de noviembre del 2006, la empresa Inversiones Román-Ocampo S.A. inscribió como información posesoria la finca 5-153441-000 con un área de 59 HA 8.884,15 m2, según plano catastrado G-0951339-2004, cuyo antecedente de dominio lo es la finca 5-003282-005 con un plazo de convalidación que vence el 6 de noviembre del 2016, según la Ley de Localización de Derechos.
Como es del conocimiento de todos(as) los costarricenses, desde 1977 la Ley 6043 establece que la zona marítimo terrestre es un bien de dominio público inalienable e imprescriptible, por tanto, todo trámite que se oriente a convertir la ZMT en propiedad privada se puede anular aunque haya sido aceptado por error de las autoridades competentes.
Finalmente la carta dice: Los Liberianos nos sentimos indignados y creemos que la Municipalidad de Liberia debe actuar de acuerdo a las normas y procedimientos que aseguren y garanticen la integridad del dominio público.
Todos los liberianos y liberianas hacemos un llamado a los entes e instituciones del estado, para que no sólo se informen sino que también, se pronuncien como administradores de los bienes del estado y nos ayuden a recuperar Playa Cabuyal.
Por: Marcos Ureña
Hora de Publicación: 7:15 PM





