Pluses Salariales de la Municipalidad de Carrillo

Pluses
Cantón de Carrillo Guanacaste.

Carrillo Guanacaste.  Mediante un comunidado, el ayudantamiento de la Municipalida de Carrillo, hace un aclaración a una información inexacta, que circula en medios de comunicación nacional.

A continuación el comunicado:

Haciendo referencia al tema del análisis que fue realizado por la Contraloría General de la República a la Municipalidad de Carrillo, acerca al tema de los incentivos salariales de Anualidad, Prohibición y Dedicación Exclusiva se procede a realizar la siguiente aclaración:

Anualidades:

Desde el año 1988 en la Municipalidad se inició el pago de anualidades a los funcionarios municipales otorgándoles el porcentaje del 1%, esto a través de la Convención Colectiva.

Actualmente a nivel interno, la Municipalidad se encuentra realizando una investigación para determinar por medio de cuál acta, acuerdo o convenio con los trabajadores y año específico en que haya habido aprobación de un aumento del 1% al 3%.

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En el año 2007 cuando el Alcalde actual, el Lic. Carlos Gerardo Cantillo Álvarez llegó a ocupar el puesto de Alcalde Municipal este incentivo salarial ya existía, por ende no se podía eliminar de forma antojadiza y la misma Convención Colectiva lo continúo respaldando.

Desde el año 1988 y hasta la fecha se le ha brindado informe anual a la Contraloría General de la República sobre este incentivo, que por años ha sido aprobado y revisado por ellos mismos.

Incentivo de Prohibición al Ejercicio Liberal de la Profesión:

En el caso de este incentivo se procede a aclarar que la Alcaldía se apega a lo que establece el Código Municipal en materia del otorgamiento de este plus salarial a los profesionales que cumplen con ello, por lo tanto en los casos de los profesionales en Derecho que ocupan los puestos de Asesor Legal del Concejo Municipal y Asesor Legal de la Alcaldía Municipal ambos tienen funciones propias en Asesoría Legal, es decir cumplen con el perfil de un Profesional en Derecho, lo que se realizó fue homologar las funciones al perfil que tienen los Abogados de Planta de la Municipalidad de esta forma se equipara el cumplimiento de funciones en Asesoría Legal. Se aclara que no son asesores de confianza, las funciones son asesorar al Concejo Municipal y al Alcalde Municipal en temas legales.

Este tipo de puestos no se encuentran incluidos en las partidas de sueldos fijos de la Administración y se les ubica en la partida de servicios especiales condición que se establece para ajustar su condición de tiempo mientras dure el plazo por elección popular con el que cuenta el Alcalde y el Concejo Municipal.

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Haciendo referencia al caso del puesto de Tesorero Municipal y Jefe de Sección de Cobros, La Ley 8831 de la Administración Financiera establece que los Jefes de la Administración Financiera, los que manejan Fondos Públicos, Jefes de Subsistemas de la Administración y otros que se establecen la obligatoriedad del Plus Salarial de Prohibición al Ejercicio Liberal de la Profesión; esto para garantizar que sus actividades profesionales no rocen con las funciones en la administración de los fondos públicos y de los impuestos.

Y sino se les procediera a pagar este beneficio podrían usarlos para realizar actividades alusivas al índole profesional que representan, lo que causaría roces con sus cargos, y es lo que misma Ley trata de evitar.

Cabe indicar que los pluses que devengan los Asesores del Concejo Municipal y de la Alcaldía son los mismos que tienen el Director Jurídico y Abogados de Planta de la Municipalidad, es decir, con pluses salariales que también han sido reportados ante la Contraloría General de la República.

Incentivo de Dedicación Exclusiva:

La Dedicación Exclusiva es un Plus Salarial que se concede a un funcionario que cumpla con lo que establecen las leyes. En este caso la Municipalidad de Carrillo tiene un Reglamento para la Aplicación del Incentivo de la Dedicación Exclusiva.

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En el caso específico de los puestos que se indican en el informe realizado por la Contraloría General de la República, se aclara que estos funcionarios iniciaron sus labores en la Municipalidad de Carrillo cumpliendo con el requisito de Bachillerato Universitario, y luego se prepararon académicamente para alcanzar el grado de Maestría en el área a fin al puesto que estaban representando; por lo tanto después de que se recibiera la solicitud por los funcionarios para que se les incluyera ese incentivo, no se encontró ninguna limitación para hacerlo, debido a que cumplían con los requisitos que se establece el Reglamento de Dedicación Exclusiva no encontrándose limitación para otorgarlo con base al Reglamento Interno.

La Alcaldía Municipal se muestra en total desacuerdo con los resultados que arroja esta investigación, debido a que por más de 20 años a la Contraloría General de la República se le informó de estas situaciones.

Por lo que en caso de ser necesario se ha considerado recurrir a los tribunales respectivos para una mejor defensa de nuestros funcionarios.

 

Hora de Publicación: 4:01 PM

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